Dilema ético 1
A continuación, se presenta un caso relacionado con la conducta ética
del contador público. Lea con atención dicha información, y luego responda las
preguntas que se le formulan.
El caso al que se hace mención fue tomado del siguiente recurso académico:
Martínez Fernández, J. A. y Peñaloza Suárez, M. M. (2018). Análisis de cinco casos antiéticos en el actuar profesional del contador público y sus consecuencias disciplinarias [documento en línea]. https://ciencia.lasalle.edu.co/contaduria_publica/675
CASO ODEBRECHT
“Antecedentes. Odebrecht fue fundada en 1944 por el ingeniero Norberto Odebrecht en Salvador Bahía (Brasil), se encaminó en el sector de la construcción civil, haciendo la diferencia en calidad e innovación.
“En el año de 1980 la compañía brasilera Odebrecht ingresa en el segmento de las hidroeléctricas e inicia tareas en Angola con la construcción de la hidroeléctrica de Campanada, y para 1987 hace su primera obra en Argentina y Ecuador.
“En 1991 realiza su entrada a Estados Unidos y se convierte en la primera empresa brasilera en construir en ese país. Es ahí cuando Norberto Odebrecht le sede la presidencia a su hijo Emilio Odebrecht.
“En 1992 ingresa a Colombia con la construcción de la Ferrovía La Loma de Santa Marta, y para el año 2001 es reconocida como la mejor empresa en la construcción internacional de plantas hidroeléctricas.
“Para el año 2002, Emilio Odebrecht le sede la presidencia a Pedro Novis y este, luego de su trabajo y sus reconocimientos, en el 2009 le transfiere la presidencia a Marcelo Odebrech, quien lleva a la empresa por nuevos segmentos de inversiones, adelanta obras para el mundial del año 2014 en Brasil.
“En el año 2016, en Estados Unidos fue conocida la denuncia contra la empresa, en la cual se afirmaba que la constructora había sobornado a varios funcionarios públicos para obtener beneficios en las contrataciones públicas de más de 12 países como lo son Angola, Mozambique, Colombia, Panamá, Guatemala, República Dominicana, México, Estados Unidos, Venezuela, Ecuador, Perú y Argentina.
“Según la declaración de la señora Concepción Andrade, quien fue la
primera secretaria del ilegal departamento de sobornos, en el año de 1980,
Odebrecht creó una caja menor para sobornos cancelados a las diferentes
entidades. ‘A su despido, en 1992, se marchó a casa con los registros que había
levantado y los guardó durante tres décadas hasta entregarlos a la justicia
brasileña y a la Comisión del Congreso encargada de la investigación’ (Caso
Odebrecht, s. f.). La señora
Concepción es una de las primeras personas en hablar sobre el tema.
“Continuando con la investigación, según algunos medios de comunicación, se dice que con cada una de las licitaciones que ganaban, se lucraban con millonarias cuantías. En Colombia, ‘habrían pagado US $ 4.6 millones en coimas a los funcionarios públicos, a cambio de contratos de infraestructura’ (El Espectador, 2017), los cuales habrían financiado algunas campañas políticas. El abogado Gabriel Alejandro Dumar Lora ‘indicó que, supuestamente, se entregaron entre 13.500 y 14.000 millones de pesos al senador Bernardo Elías que terminaron financiando su proyecto electoral’ (El tiempo, 2017) (sic). Otra persona implicada es Roberto Prieto, quien para la época era el presidente de la campaña política de Juan Manuel Santos, quien recibió ‘recursos y un contrato para que intercediera’ (El tiempo, 2017) (sic) por una cita para Bernardo Arias, ya que él se sentía muy perseguido. Todo lo anterior valida las afirmaciones sobre corrupción en muchas de las campañas políticas de dirigentes en Colombia.
“Involucrados: La Junta Central de Contadores adelanta una investigación por presunta acción antiética en contra del contador Héctor William Santos Jiménez y de los revisores fiscales Camilo Reyes y Diego Armando Lara, de la firma Price Waterhouse Cooper. Además de las investigaciones a las firmas auditoras como KPMG y Delloitte Touche Tohmatsu Limited (Delloitte), quienes estaban a cargo de la auditoria (sic) de la construcción de la Autopista o Ruta del Sol, las cuales, al parecer, omitieron información de los asientos contables donde se reflejaba el pago de los sobornos.
“Sanciones: Esta es una investigación que aún está en curso y no se han sancionado a todas las personas implicadas en este gran escándalo ético. El contador público de la empresa, Rodrigo Taclan, está negociando su condena, otorgando información de los múltiples sobornos pagados” (Martínez Fernández y Peñaloza Suárez, 2018, pp. 10-12).
Con base en la anterior información, responda:
1.
Según la Ley
43 de 1990, ¿qué principios incumplieron los contadores públicos y revisores
fiscales?
2. De acuerdo con los organismos emisores de la regulación de la ética, ¿qué tipo de sanciones deberían aplicarse a las personas implicadas en este escándalo?
Sus respuestas deben evidenciarse en la historieta que se propone en la actividad.
DESARROLLO
DILEMAS ÉTICOS DEL CONTADOR PÚBLICO (PARTE 1)
MARCO
LEGAL
ü Ley
145 de 1960 y Ley 43 de 1990 por la cual se reglamenta la profesión de Contador
Público y se dictan otras disposiciones.
ü Code Of Ethics For
Professional Accountants - IFAC 2008
ü Código De Ética Para
Profesionales De La Contabilidad - IESBA 2010
ü Consejo de Normas
Internacionales de Formación en Contaduría - IES 2009
ü D.U.R. 2420 de 2015, modificado por el Decreto 2132 de 2016
Código
de Ética Nacional - Consejo Técnico de la Contaduría Pública
La Contaduría
Pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la
sociedad, mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e
interpretación de la información financiera de las empresas o los individuos y
la preparación de informes sobre la correspondiente situación financiera, sobre
los cuales se basan las decisiones de los empresarios, inversionistas,
acreedores, demás terceros interesados y el Estado acerca del futuro de dichos
entes económicos.
El Contador
Público como depositario de la confianza pública, da fe pública cuando con su
firma y número de tarjeta profesional suscribe un documento en que certifique
sobre determinados hechos económicos. Esta certificación, hará parte integral
de lo examinado.
El Contador
Público, sea en la actividad pública o privada es un factor de activa y directa
intervención en la vida de los organismos públicos y privados.
Su obligación es
velar por los intereses económicos de la comunidad, entendiéndose por ésta no
solamente a las personas naturales o jurídicas vinculadas directamente a la
empresa sino a la sociedad en general, y naturalmente, el Estado. La conciencia
moral, la aptitud profesional y la independencia mental constituye su esencia
espiritual. El ejercicio de la Contaduría Pública implica una función social
especialmente a través de la fe pública que se otorga en beneficio del orden y
la seguridad en las relaciones económicas entre el Estado y los particulares, o
de éstos entre sí.
Art. 37 Titulo 1, Código de ética Profesional: En consecuencia, el Contador Público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente económico separado que es, relacionarlo con las circunstancias particulares de su actividad, sean éstas internas o externas, con el fin de aplicar, en cada caso, las técnicas y métodos más adecuados para el tipo de ente económico y la clase de trabajo que se le ha encomendado, observando en todos los casos, los siguientes principios básicos de ética profesional:
- Integridad.
- Objetividad.
- Independencia.
- Responsabilidad.
- Confidencialidad.
- Observaciones
de las disposiciones normativas.
- Competencia
y actualización profesional.
- Difusión
y colaboración
- Respeto
entre colegas.
- Conducta ética.
Código de Ética Internacional - Consejo Técnico de la Contaduría Pública
¿Quién regula el comportamiento ético profesional
contable?
Es potestad
de los Colegios Profesionales fijar unas normas deontológicas, que adaptadas a
las realidades de cada profesión, ayuden por un lado a definir con claridad la
conducta ética deseable de sus profesionales y por otro lado, eviten
comportamientos no deseados que redunden en un desmérito de la profesión en
general que desprestigie al colectivo de profesionales que la ejerce.
Los códigos
de ética son las normas en que se expresan las ideas centrales de la conducta
corporativa.
El Código
de Ética Profesional del Contador Público está destinado a servir como norma de
conducta a los profesionales de la Contabilidad, que, como profesión de
formación científica y humanista, deben orientar su práctica profesional a la
función social que desempeñan, promoviendo las condiciones para el progreso
económico y bienestar de la Sociedad.
Los códigos
desempeñan una función identificadora de la profesión ante la profesión misma.
Existen una
serie de normas y disposiciones que rigen el desempeño del profesional en su
permanente relación con sus Colegas, Clientes, Estado y Público en general, las
cuales se encuentran dispuestas en un Código de Ética, las que están elaboradas
y supervisadas por el respectivo Colegio Profesional.
El Código
de Ética Profesional contiene la normatividad para nuestra actuación en todas
las labores que realizamos, y se ocupa de nuestra responsabilidad hacia la
sociedad en general.
EL CODIGO
DE ÉTICA DEL CONTADOR PROFESIONAL
La
Federación Internacional de Contadores (IFAC), como lo establece su
constitución, tiene como misión “el desarrollo y fortalecimiento de la profesión
contable a nivel mundial con estándares armonizados, capaces de proporcionar
servicios de alta calidad a favor del interés público”.
La
Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido el Código de Ética del
Contador Profesional, que promueve su aplicación por parte de todos los
Contadores del mundo.
El Código
de Ética de la IFAC, establece las reglas de conducta para todos los Contadores
del mundo y determina los principios fundamentales que se deben respetar para
perfeccionar los objetivos comunes de la profesión.
El Código
de Ética del Contador Profesional de la Federación Internacional de Contadores
(IFAC), reconoce que los objetivos de la Profesión Contable son trabajar al más
alto nivel de profesionalismo y para esto tiene cuatro exigencias básicas:
Credibilidad, Profesionalismo, Calidad del Servicio, y Confianza.
El Código
de Ética para Contadores Profesionales de la IFAC. versión 2006, fue revisado
por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores de la IESBA
en julio del 2009, y fue aprobado por el Comité Ejecutivo de la IFAC para su
implementación a nivel mundial, entrando en vigencia desde el 1 de enero del
2011.
Este Código de Ética del Contador Profesional de la IFAC. establece requerimientos éticos para los Contadores profesionales de todo el mundo, disponiendo que ninguna institución o firma miembro de la IFAC puede aplicar normas menos rigurosas que las establecidas en este código. El Código de Ética de la IFAC enuncia cinco Principios Fundamentales, los que deben cumplir todos los Contadores del mundo, y son: Integridad Objetividad Competencia Profesional y debido cuidado Confidencialidad Comportamiento Profesional.
El Código
de Ética del Contador Profesional de la IFAC vigente desde el 1 de enero del
2011, contiene tres partes:
Parte A: Aplicación
General del Código. - Contiene la introducción y los Principios Fundamentales,
en los cuales se encuentran definidos los cinco principios fundamentales de la
Ética.
Parte B: Los
Contadores Profesionales en la práctica pública. - Contiene algunos ejemplos de
circunstancias que crean amenazas en la práctica profesional y las salvaguardas
que se pueden tomar en cuenta para observar los principios fundamentales de la
Ética.
Parte C: Los
Contadores Profesionales en los negocios. - Contiene algunos ejemplos de
circunstancias que crean amenazas para los Contadores que pueden ser empleados,
socios, directores, y las salvaguardas para amparar los Principios de la Ética.
IMPORTANCIA
DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
QUE REGULA EL COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTADOR PÚBLICO
¿Quiénes
vigilan e inspeccionan?
Los entes encargados de inspeccionar y vigilar el orden, el cumplimiento de las normas y la calidad que se está ejerciendo dentro de la profesión contable nacional son tres:
1) Junta
Central de Contadores
La Junta
Central de Contadores, bajo la presidencia del Dr. Cesar Augusto Martínez Ariza, es
el órgano responsable de llevar a cabo el registro y control de los contadores
públicos y personas jurídicas prestadoras de servicios contables. Otorga la tarjeta profesional y de registro,
documentos habilitantes para ejercer la profesión en nuestro país.
Tiene la tarea de velar porque la contaduría pública solo sea ejercida por contadores públicos debidamente inscritos y de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de ley a quienes violen tales disposiciones. De igual manera, vigila que sus ejecutores desarrollen las tareas encomendadas dentro de los cánones éticos y de interés común, así como también investiga las conductas atentatorias del ordenamiento ético y sanciona a los responsables de dicha vulneración.
la JCC
tiene como funciones principales: efectuar la inscripción de los contadores públicos,
suspenderla o cancelarla cuando haya lugar a ello, y llevar a cabo su registro;
expedir la tarjeta profesional y su reglamentación, además de las
certificaciones que correspondan al ámbito de sus competencias institucionales;
denunciar ante las autoridades a quien se identifique y firme como contador
público sin estar inscrito como tal; hacer que se cumplan las disposiciones
sobre ética profesional y, establecer juntas seccionales y delegar en ellas las
funciones indispensables para facilitar la adecuada prestación de sus
servicios.
Para más información sobre la JCC – http://www.jccconta.gov.co
2) Consejo
Técnico de la Contaduría
Es el
órgano encargado de la orientación técnico-científica de la profesión contable,
cuyas responsabilidades y funciones están determinadas en los artículos 14, 29
y 33 de la Ley 43 de 1990. Desde 1992, año en el que inició labores, ha emitido
un total de nueve Pronunciamientos o Disposiciones Profesionales, hoy sin
fuerza vinculante, además de dos Orientaciones Profesionales.
Su
presidente actual es el Dr. Wilmar Franco Franco y como órgano asesor y
consultor, se ha pronunciado a través de más de trescientos conceptos en
respuesta a consultas que le han sido formuladas, relacionadas con diferentes
temas que son de interés para la comunidad empresarial y contable del país.
Ha sido
durante su existencia el máximo órgano de dirección y orientación técnico
científica de la profesión contable y su actividad ha ganado permanentemente
reconocimiento social, el cual ha sido expresado por organizaciones
profesionales.
Para más información sobre la https://www.ctcp.gov.co
3)
Contaduría General de la Nación
La
Contaduría General de la Nación es una entidad que tendrá un reconocido
posicionamiento en el sector Hacienda; producirá información contable pública
con calidad y de manera oportuna; apoyará el cometido estatal de la cultura de
rendición de cuentas y será el Administrador del Consolidador de Hacienda e
Información Financiera Pública.
Sus
responsabilidades pasan por determinar las políticas, principios y normas de
contabilidad que deben regir en el sector público colombiano; centralizar y
consolidar la información contable y elaborar el Balance General de la Nación.
Entre las
funciones que tiene, se destacan entro otras, determinar las políticas,
principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el
sector público; establecer las normas técnicas generales y específicas,
sustantivas y procedimentales, que permitan uniformar, centralizar y consolidar
la Contabilidad Pública; llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo
cual expedirá las normas de reconocimiento, registro y revelación de la
información de los organismos del sector central nacional; conceptuar sobre el
sistema de clasificación de ingresos y gastos del Presupuesto General de la
Nación, para garantizar su correspondencia con el Plan General de Contabilidad
Pública y señalar y definir los Estados Financieros e Informes que deben
elaborar y presentar las Entidades y Organismos del Sector Público.
Para más información sobre la http://www.contaduria.gov.co/
La
Colegiatura Profesional de los Contadores Públicos
Fue Constituida con fundamento en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia. Su asamblea de constitución se celebró el 4 de mayo de 2006 con más 6.000 profesionales inscritos como fundadores. A la fecha ya tiene protocolizado sus estatutos, su acta de constitución y el acta conciliatoria de los estatutos según lo ordenó la Asamblea de Constitución en la Escritura Pública 1444 de la Notaría Quince de Bogotá, con registro en la Cámara de Comercio de Bogotá y el respectivo registro en el Rut de la DIAN.
Su objeto
social es, “Aunar, representar y defender a todos los contadores públicos, sin
distingo alguno, cualquiera sea el lugar en que se encontraren, y promover la
formación integral de los contadores públicos y de quienes aspiren a serlo para
que sean gestores de cambio en el nuevo contexto de los negocios y de la
economía nacional e internacional.”
Son parte
de este proyecto las siguientes organizaciones gremiales, académicas,
científicas y estudiantiles y sus correspondientes organizaciones gremiales
federadas: Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia
(Confecop), Federación Colombiana de Colegios de Contadores Públicos, Red
Colombiana de Facultades de Contaduría Pública (Redfacont), Asociación
Colombiana de Facultades de Contaduría Pública (Asfacop), Federación de
Contadores Públicos de Colombia (Fedecop), Fundación para la Investigación y
desarrollo de la Ciencia Contable (Fidesc), Colegio Colombiano de Contadores Públicos
Unilibristas (Copun), Centro Colombiano de Investigaciones Contables (Ccinco) y
la Federación Nacional de Estudiantes de Contaduría Pública (Fenecop).
Para más información sobre la https://conpucol.org/
En resumen…
1. Hay un
Regulador de la contabilidad del sector público en el Contador General de la
Nación y la Contaduría General de la Nación
2. Se tiene
el control y la vigilancia disciplinaria de los Contadores Públicos en el
Tribunal Disciplinario de la Junta Central de Contadores,
3. Se tiene
la orientación técnico-científica de la profesión en el Consejo Técnico de la
Contaduría Pública, todos por mandato de ley;
4. La Colegiatura Profesional, que se construye con el ánimo de que seamos los mismos contadores quienes administremos nuestra profesión, que ha crecido en más de siete mil contadores por año en lo corrido del siglo XXI y que sobrepasa los 137.000 Contadores Públicos inscritos ante la Junta Central de Contadores.
DILEMA 2:
CASO ODEBRECHT
Incumplimiento en los principios fundamentales del Código
internacional de la IESBA-IFAC
El objetivo del Consejo Nacional
de Ética para Contadores (IESBA) es servir al interés público, a través del
desarrollo de un Código Internacional de Ética para Profesionales de la
contabilidad, la estructura y procesos que dan soporte a esta actividad proporcionados
por la Federación Internacional de Contadores (IFAC).
La finalidad estándar debe
reflejar el comportamiento que se espera del profesional, en el cumplimiento de
los principios fundamentales: integridad, objetividad, competencia, diligencia
profesional, confidencialidad y comportamiento profesional.
El Marco Conceptual se debe aplicar para identificar, evaluar y hacer frene a las amenazas en relación al ejercicio de la profesión, el Código establece requerimientos y guías de aplicación sobre temas éticos presentados en la contabilidad, en el cado de auditorías, revisiones y otros encargos de aseguramiento.
Historia
En la empresa deléitese contrato a un contador para que llevara la contabilidad ya que no ha podido superar la situación financiera y han pasado ya 2 contadores en la entidad pero cada vez se ve más difícil superar este problema, el primer contador no registraba bien los insumos colocando un mayor valor del que se compraba y en las facturas de ventas los ingresos no aparecían todos o estas tenían enmendaduras que eran notorias pero los dueños por ser familiares no se habían puesta a la tarea de investigar después de que el escucho que debían hacer una auditoria para ver qué era lo que pasaba el renuncio, los dueños contrataron a otra persona y dejaron así el tema pensando que todo mejoraría pero no era así, la empresa siguió en déficit y ya a punto de cerrar sus puertas ya que ellos estaban colocando de su propio bolsillo para mantenerla, pero algo los puso en alerta cuando revisaron una mercancía que estaba en las bodegas en la parte de atrás con equipos que estaban contra marcados pero no eran nuevos se tomaron la tarea de revisar minuciosamente que era lo que estaba pasando, y encontraron que esos repuestos no habían sido comprados de forma legal y su procedencia era de mala calidad y a un precio exorbitante por tal motivo denunciaron lo que estaba pasando.
Así que después de todo está donde se veía que los dos contadores por ganarse algunos pesos más compraban productos de mala calidad y falsificaban documentación importante para sacar beneficio, haciendo que se produjeron todos estos huecos que ellos trataban de ocultar, estas personas fueron acusadas y demostrando la poca ética que algunos contadores tienen, después de vivir esto decidieron que tenían que contratar a personas capacitadas y con un alto grado de ética profesional que no se dejara deslumbrar por un trabajo que supuestamente daba buen beneficio financiero, ya después con el contador nuevo mejoraron las cosas y ellos ya realizaban auditorías internas para tener un control del buen funcionamiento de la empresa y así esta corporación volvió a sus mejores años.
Tipo de amenazas que sufre un contador público en su quehacer profesional
Las amenazas son situaciones que enfrenta el contador público en el ejercicio de sus encargos, las cuales pueden afectar el cumplimiento de los principios éticos de la profesión, es importante tener en cuenta que las amenazas pueden surgir tanto antes de aceptar el encargo como durante su ejecución, por lo cual se deben evaluar continuamente.
El Código de Ética de la IFAC, compilado en el DUR 2420 de 2015, establece cinco clases de amenazas, las cuales explicamos en las siguientes líneas:
- Amenaza de interés propio: se refiere a la existencia de intereses particulares que influyen de manera inadecuada en el comportamiento del contador.
- Amenaza de autor revisión: se presenta cuando el contador debe evaluar los resultados de un juicio o servicio realizado por él o por un miembro de la firma a la que pertenece, resultados que se tienen como base para la prestación de un servicio actual.
- Amenaza de abogacía o mediación: se presenta cuando el contador que ejerce como auditor promueve la posición de su cliente hasta poner en peligro su objetividad.
- Amenaza de familiaridad: surge cuando existe una relación prolongada o estrecha entre el contador y su cliente, de tal forma que el contador se muestre demasiado afín con los intereses de su cliente.
- Amenaza de intimidación: se presenta cuando existen presiones reales o percibidas para ejercer influencias indebidas sobre el contador público.
Tipos de sanvaguardas
Las salvaguardas son medidas que puede tomar el contador
público cuando detecta una amenaza contra
el cumplimiento de uno o varios de los principios éticos, las cuales tienen el
objetivo de reducir o eliminar dicha amenaza.
El Código de Ética de la IFAC señala que se pueden establecer dos tipos de salvaguardas, a saber:
- Salvaguardas instituidas por la profesión o por las disposiciones legales o reglamentarias, como los requerimientos de formación y de experiencia para ejercer la profesión.
- Salvaguardas en el entorno del trabajo que sean firmadas por la gerencia como garantía de transparencia de los procesos, tales como los programas de ética o los controles internos fuertes.
Ejemplos de amenazas y salvaguardas
Los siguientes son algunos ejemplos de amenazas con las correspondientes salvaguardas que puede implementar el contador público. Veamos:
Situación 1: uno de los asistentes del revisor fiscal tiene una relación sentimental con el contador de la entidad.
Amenaza: en este caso se presentan amenazas de interés propio y de familiaridad, debido a que la cercanía del asistente con el contador de su cliente puede afectar la objetividad con la que el revisor fiscal realiza su trabajo.
Salvaguarda: una posible salvaguarda puede consistir en apartar a este asistente del encargo y delegar sus funciones a otro.
Situación 2: el revisor fiscal participa en la determinación de una política contable de uno de sus clientes.
Amenaza: esta situación podría generar una amenaza de autor revisión, toda vez que el revisor fiscal está realizando funciones que le corresponden a la administración de la entidad. Esto implica que, en el futuro, el revisor fiscal deba examinar su propio trabajo.
Salvaguarda: una posible salvaguarda puede consistir en establecer límites a las asesorías que, como profesionales, se les puede realizar a los clientes.
Análisis de amenazas de intimidación y salvaguardas enfocado en el revisor fiscal desde la perspectiva de las NAI
La Ley de Convergencia hacia los estándares internacionales y de Normas de Aseguramiento de la Información - NAI, se reglamentó el cargo de Revisor Fiscal bajo el Decreto 302 de 2015 el cual establece un marco conceptual basado en amenazas y salvaguardas en cumplimiento a los principios fundamentales de ética, dado que el desempeño del Revisor Fiscal puede verse potencialmente amenazado por una amplia gama de circunstancias y relaciones.
Tabla 1. Principios Básicos De Ética Profesional. Ley 43 de 1990
Tabla 2. Principios Fundamentales del Contador Público. Decreto 302 de 2015
Amenaza de intimidación y salvaguardas para su mitigación respecto a las normas de aseguramiento de la información
De acuerdo al Decreto 302 de 2015 el cumplimiento de los principios fundamentales puede verse potencialmente amenazado por una amplia gama de circunstancias y relaciones, la importancia de la amenaza se encuentra relacionada con el tipo de cliente al cual se prestará el servicio de Revisoría Fiscal y el grado de seguridad sobre el encargo de auditoría aceptado; partiendo de esta premisa las amenazas se clasifican en las siguientes categorías:
- Interés propio.
- Autor revisión.
- Abogacía.
- Familiaridad.
- Intimidación.
Situaciones en que pueden originar amenazas de intimidación para el prefesional de la contabilidad en ejercicio:
La firma de auditoría y/o Revisoría Fiscal está siendo amenazada con despido del compromiso con el cliente.
- “Un cliente de Revisoría Fiscal señala que no otorgará un contrato de no aseguramiento planeado con la firma si la firma continúa estando en desacuerdo con el tratamiento contable que el cliente da a una transacción particular” (Mantilla, 2015, pág. 179)
- La firma de auditoría y/o Revisoría Fiscal ha sido amenazada por el cliente por ser demandada.
- La firma ha sido presionada para reducir de manera inadecuada la extensión de trabajo a realizar con el fin de reducir sus honorarios.
- El profesional de la contabilidad está siendo presionado para aceptar el juicio de un empleado del cliente, porque el empleado tiene más experiencia en relación con la materia en cuestión.
- El profesional de la profesional de la contabilidad ha sido informado por un socio de la firma de que no será promocionada tal como estaba previsto, salvo que acepte un tratamiento contable inadecuado por parte del cliente.
Determinará si dispone de salvaguardas adecuadas que pueda aplicar para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable; conforme al Anexo Técnico Normativo Normas de Aseguramiento de la Información, incluido por Legis Editores (2015) para mayor orientación:
“el profesional de la contabilidad hará uso de su juicio profesional y tendrá en cuenta si un tercero, con juicio y bien informado, sopesando todos los hechos y circunstancias específicos conocidos por el profesional de la contabilidad en ese momento, probablemente concluiría que la aplicación de las salvaguardas elimina o reduce las amenazas a un nivel aceptable de tal modo que no peligre el cumplimiento de los principios fundamentales” (pág. 6)
Salvaguardas instituidas por la profesión o por las disposiciones legales y reglamentaria
- Procedimiento de monitoreo y disciplinarios, que permitan identificar posibles presiones al revisor fiscal y/o auditor externo encargado del compromiso por parte del cliente.
- Revisión externa de reportes o comunicaciones por un tercero legalmente habilitadoSeguimiento por un organismo profesional o ente regulador sobre amenazas de intimidación previamente identificadas.
Salvaguardas en el entorno de trabajo:
- Políticas y procedimientos internos documentados que exijan el cumplimiento de los principios fundamentales.
- Políticas documentadas relativas a la necesidad de identificar las amenazas en relación con el cumplimiento de los principios fundamentales y evaluar la importancia de dichas amenazas.
- Revelar a los responsables del gobierno del cliente la naturaleza de los servicios prestados y el alcance de los honorarios cobrados.
Amenazas y salvaguardas del contador público, actualícese, recuperado de: https://actualicese.com/amenazas-y-salvaguardas-del-contador-publico-algunos-ejemplos/
Análisis de amenazas de intimidación y salvaguardas enfocado en el revisor fiscal, la Salle, recuperado de: Imágenes https://ciencia.lasalle.edu.co/cgi/viewcontent.cgiarticle=1567&context=contaduria_publica
https://ccpdesonora.org/Colegiados/Afiliate.html
https://expansion.mx/economia/2021/10/11/el-sat-propone-carcel-a-contadores-que-encubran-a-contribuyentes
https://ciencia.lasalle.edu.co/cgi/viewcontent.cgi?article=1567&context=contaduria_publica











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